Dilema 8: Subcontratista: Respuesta
Existe el riesgo de que el representante del propietario de proyecto pueda estar recomendando al subcontratista por motivos corruptos. Es posible, por ejemplo, que tenga una participación secreta en el subcontratista, o que este le haya ofrecido un soborno. Por lo tanto, si bien aceptar su recomendación puede no ser un delito en sí, podría conducir a una actividad delictiva en la que tanto usted como la empresa podrían estar implicados. El motivo es que podría pensarse que usted y la empresa conocían los riesgos de corrupción pero hicieron la vista gorda o que su empresa no tenía instaurados procedimientos adecuados para prevenir dichos riesgos.
Por regla general:
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Debe ser muy precavido con el uso de particulares o empresas recomendados por representantes del propietario de proyecto, a menos que la recomendación forme parte formal y abierta del proceso del concurso (por ejemplo, un subcontratista candidato)
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A menos que haya buenos y legítimos motivos en sentido contrario, debe utilizar licitaciones competitivas al seleccionar a subcontratistas.
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En relación con cualquier subcontratista y proveedor destacado o de alto riesgo, lleve a cabo una evaluación lo más razonable posible para establecer si es probable que vayan a actuar éticamente en relación con el negocio de su empresa. En particular:
- Establezca:
- si el subcontratista/proveedor aplica un programa contra la corrupción, o aceptaría cumplir la política de la empresa destinada a combatir la corrupción;
- si el subcontratista/proveedor, o cualesquiera de sus administradores o accionistas ha sido objeto de investigación, condena o exclusión por corrupción.
- Emprender una debida diligencia sobre el subcontratista/proveedor para saber si tiene fama de corrupción (por ejemplo, mediante una búsqueda por Internet, la obtención de referencias o la indagación en otras empresas u organismos del sector)
- Celebrar una reunión con la dirección del subcontratista/proveedor para hablar de su compromiso y políticas contra la corrupción.
- Según el resultado de las indagaciones y reunión anteriores ¿confía la alta dirección de la empresa en que el subcontratista/proveedor no esté metido en algún asunto de corrupción?
- Al acordar el alcance y el precio del subcontratista/proveedor, adoptar medidas razonables para asegurarse de que el trabajo que realizarán sea legítimo, y que el trabajo se pagará a un precio de mercado (es decir que el precio no oculte un soborno).
- El propósito de esta evaluación no es eliminar todo posible riesgo de corrupción, sino identificar, tras realizar indagaciones razonables y proporcionadas y prestar al asunto una atención razonable y proporcionada, si el riesgo de soborno parece ser suficientemente bajo como para que sea razonable proceder o continuar con la relación con el subcontratista/proveedor. El coste de la evaluación de riesgos y diligencia debida debe ser proporcional al volumen de la actividad comercial, transacción o proyecto pertinente para que sea rentable.
- Establezca:
Deben adoptarse procedimientos semejantes en relación con los socios de empresa conjunta.