Dilema 4: Facturación: Respuesta

 

Al presentar el certificado de pago, usted está aseverando la cantidad de trabajo finalizado por su empresa, y, por lo tanto, el importe de pago que se le debe a esta. Una afirmación que sabe que es falsa o que puede ser falsa, o que no cree honestamente que sea verdad, cuyo objeto sea obtener alguna ventaja económica para usted u otra persona o empresa puede constituir delito penal. En total la empresa no reclama más pagos de los que finalmente se le deberán. No obstante, al reclamar el pago anticipado de un trabajo que todavía no ha hecho, se ha beneficiado de un flujo de caja adicional y ha reducido el del cliente. Por lo tanto, la empresa ha obtenido una ventaja como resultado de una declaración falsa. Si usted presenta los certificados en su forma actual, usted personalmente y su empresa pueden estar cometiendo un delito penal

 

Por consiguiente, usted debe pedir al aparejador que vuelva a calcular el pago según el trabajo real que se ha llevado a cabo. No presente ningún certificado a menos que crea honestamente que es exacto. Si es difícil calcularlo exactamente, es mucho más seguro facturar por menos trabajo del realizado que por más. Si hay cualquier duda en relación con cualquier medición, revélesela al propietario del proyecto.

 

Asimismo, es preciso que piense cómo actuar en relación con los certificados anteriores que reclamaban un pago en exceso. Debe barajar la posibilidad de reembolsar al propietario de proyecto los intereses ganados sobre el importe previamente pagado en exceso (aunque el riesgo de hacerlo pueda poner sobre aviso al propietario de proyecto de un posible delito penal). Consiga asesoramiento jurídico sobre si la empresa ha cometido realmente un delito por la anterior sobrevaloración, sobre si este hecho debe revelarse a las autoridades judiciales o si es justificable no ahondar más en el asunto y no revelarlo.

 

En algunos casos, facturar anticipadamente al trabajo realizado puede ser legítimo. Por ejemplo, puede haber acordado con el cliente que el 15 de cada mes usted presentará una solicitud en la que figurará una estimación del trabajo que habrá terminado a finales del mes. Si este es el caso, la solicitud deberá indicar claramente que se trata de una estimación, y usted solo debe incluir en ella el trabajo que usted crea honestamente que habrá terminado para finales de mes.