Dilema 14: Licitación a un contratista en un mercado con alto de riesgo de corrupción:
Respuesta
En la mayoría de los casos es improbable que su empresa y sus empleados sean considerados responsables por un soborno pagado en un eslabón más alto de la cadena contractual (es decir, una empresa para la que su empresa trabaja paga un soborno a otra empresa situada en un eslabón más alto de la cadena contractual). El motivo es que, cuando se está situado en un eslabón más bajo de la cadena contractual, en general es imposible o difícil poder controlar las acciones de los eslabones superiores, ya que no trabajan en su nombre.
Compárelo con las obligaciones de una empresa para con sus socios y las empresas situadas por debajo en la cadena contractual (p. ej. agentes, subcontratistas y proveedores). En este caso, la creencia generalizada es que la empresa tendría la obligación de adoptar medidas razonables para prevenir la corrupción practicada por dichas empresas de los eslabones inferiores, por el hecho de que forman parte de su estructura empresarial, pueden emprender acciones en su nombre y usted tiene cierto grado de control sobre ellas por contrato.
No obstante, aun así hay que ser precavido al aceptar trabajar para las empresas situadas más arriba en la cadena contractual (p. ej. al trabajar para un contratista si usted es un subcontratista, o trabajar para un cliente si usted es un contratista). En algunos casos usted podría ser considerado responsable. Por ejemplo, si usted es un subcontratista y cree que el contratista está licitando para un proyecto en un país con alto riesgo de corrupción y para un cliente con alto de riesgo de corrupción, y usted cree que es muy improbable que el contratista ganase el proyecto sin pagar un soborno, o no pudiese obtener certificados y pagos sin pagar un soborno, debe estar sobre aviso de la probabilidad de hallarse ante un caso de corrupción. En consecuencia:
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Si el paquete de la subcontrata de su empresa forma parte de la oferta del contratista al cliente, su empresa podría beneficiarse del soborno si el contratista obtuviese el contrato (y como resultado, su empresa ganase la subcontrata) Su empresa podría resultar implicada. El juez podría decir: “Cuando participó en la licitación del contratista en un país y un sector con alto riesgo de corrupción, debía de haber sabido que era probable que el contratista pagase un soborno”.
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Si el contratista pagó un soborno, es probable que los pagos que este efectúe a su empresa sean producto de un delito. En consecuencia, podría incurrir en responsabilidad penal en virtud de las legislaciones relativas al blanqueo de dinero. Muchos países exigen que se informe de la presunta percepción del producto de un delito. Así, si usted sospecha que el contratista pagó un soborno (aunque no tenga pruebas de ello), y su empresa está percibiendo pagos del contratista, es posible que tenga el deber de informar de ello a su administración local.
Obviamente es imposible que usted esté seguro de que cada una de las empresas para las que trabaja haya obtenido su contrato honradamente. No puede esperarse de usted que lo compruebe. Sin embargo, si está sobre aviso de un alto riesgo de corrupción como en el ejemplo anterior, debe realizar indagaciones razonables antes de que su empresa se comprometa con el proyecto. Por ejemplo:
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¿Tiene el contratista al que está licitando buena fama ética y una firme política de lucha contra la corrupción?
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¿Parece probable que el contratista pueda obtener el contrato sin corrupción? (es decir, ¿son justos y transparentes los procedimientos de licitación instaurados por el cliente, de manera que un soborno no pudiese influir en el proceso de selección?)
Tras realizar estas indagaciones ¿cree honrada y razonablemente que el contratista no pagará un soborno para obtener el contrato? Si es así, puede proseguir, con cuidado. Si no obstante cree que es probable que se pague un soborno, no participe en la licitación.