Dilema 11: Entretenimiento: Respuesta

 

En esta situación, el riesgo que se plantea es que el regalo pueden dárselo con la intención de que influya en una futura decisión suya (y por lo tanto ser un soborno), o puede ser percibido por otras personas como un soborno. Por otro lado, el subcontratista puede habérselo ofrecido de buena fe, con ninguna intención de influirle a usted ni a su equipo para que favorezca al subcontratista en futuras licitaciones. Además, no hay nada intrínsecamente malo en socializar en un entorno empresarial. Es una buena manera de crear confianza y fortalecer las relaciones laborales, y ciertamente el entretenimiento no es siempre sospechoso. Sin embargo, el problema de dar o aceptar entretenimiento, regalos u hospitalidad no es baladí y usted debe pensar si un regalo u hospitalidad es lo suficientemente exorbitante como para que:

 

Así, incluso si una oferta de esta clase no se hiciese para sobornar, por todos los motivos anteriores puede ser preferible rechazarla. En términos generales, usted no debe aceptar ni dar ningún tipo de regalo, hospitalidad o entretenimiento en un entorno empresarial que pudiese tener realmente una influencia corruptiva, o ser percibido como que tiene una influencia corruptiva. Si quiere socializar para mejorar las relaciones empresariales, hágalo de forma relativamente modesta. Por ejemplo, en una comida en la que cada empresa pague a su manera o en la que pague una de ellas, pero la cuenta sea modesta. Si recibe regalos relativamente pequeños de un proveedor (por ejemplo, una botella de vino), podría aceptarla, pero destinarla a la rifa anual de caridad de la empresa. La empresa ofrecerá regalos que simbolicen sus productos pero que no tengan valor comercial. Esta debería ser la política a seguir en cualquier país, incluso en los que existe una gran tradición de entretenimiento de negocios. Cada empresa debe adoptar una política clara de regalos que especifique los límites aceptables de ofrecimiento y aceptación de regalos y hospitalidad, y que exija que estos se anoten en un registro mantenido por la empresa. Cuando sea pertinente, se informará a los socios empresariales y los clientes de esta política. De este modo se reducirá al mínimo el riesgo de corrupción, así como el de ofender a los socios empresariales.